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ISSN 1989-4163

NUMERO 64 - VERANO 2015

Cuando las Mujeres sean Iguales

Carmelo Arribas

 

“Extemplo simul pares esse coeperint, superiores erunt” , -tan pronto como hayan empezado a ser iguales, serán superiores. -

Estas palabras de Catón, intentando que no se derogara la Ley Oppia que ponía abundantes trabas a la libertad de movimientos y costumbres de las mujeres romanas, demuestran el miedo que tiene el varón de otorgar los mismos derechos a la mujer, temeroso, de que al ejercer estos, puedan ser dominados por ellas, y resumen, el norte que ha dirigido, durante todos los tiempos y culturas, el modo de pensar, y lógicamente de actuar respecto a la mujer, del varón, ya que en su opinión: “Tan pronto como hayan comenzado a ser iguales serán superiores”.

La situación legal, a través de los tiempos, no ha sido la misma para la mujer que para el hombre. Se la ha protegido, o se la ha discriminado e incluso ignorado, y sobre todo, en el espacio social de la vida diaria, su situación como persona ha tenido siempre un estatus diferente al del hombre hasta fechas cercanas, haciéndose un reparto de labores en las que el hombre tenía las grandes decisiones y la mujer realizaba las funciones auxiliares, no menos importantes, pero secundarias, cuya definición telegráfica podría resumirse en aquella frase que se colocaba en la mayoría de los formularios públicos, hasta épocas muy recientes, para definir su situación en el entramado social: De profesión: Las labores propias de su sexo(1). Cuando en 1942, la periodista Josefina Carabias vuelve a España, con el marido recién salido de la cárcel, y un pasado político cargadito e imposible de disimular, y pretendiendo incorporarse a la normalidad, coloca en sus documentos en el apartado “profesión”- Sus labores.

-“Tache sus labores, ponga periodista, y que espere”.

Fue la frase que oyó decir al jefe de servicio, cuando el funcionario de turno le pasaba a la firma su permiso de residencia en Madrid. Esta frase tenía un doble trasfondo; uno, la del pasado intelectual comprometido con el Gobierno republicano y, dos, el de una mujer conocida, que se sale de la normalidad y es castigada, y “marcada” con una profesión.

Quizás una plasmación cabal de este papel histórico, y que puede ser aplicada a su vez a múltiples circunstancias, queda magníficamente expresada en el cuadro que se encuentra en la iglesia de los padres escolapios de Gandía titulado, “Sagrada Limpieza”, en el cual, en el escenario de la habitación representada por Leonardo da Vinci en el fresco para la Última Cena, realizado para el refectorio de los frailes de Santa Maria delle Grazie, el pintor Joan Costa (2), coloca a varias mujeres ¡limpiando¡ en lo que se supone es el día después de este acontecimiento, que forma una parte importante del cuerpo doctrinal y místico de la religión cristiana, la Santa Cena. Este papel social, que le ha otorgado la sociedad o que a veces ella misma, quizás imbuida por las ideas dominantes, se ha otorgado y defendido, como sigue ocurriendo en países del mundo islámico, ha tenido sus claroscuros. Ha habido momentos históricos, en los que su intervención en el cambio de mentalidades ha ido intensa, pero siempre, en su intento de dar un paso más y salir de los roles que le habían establecido socialmente y que hasta ese momento había estado teniendo, no se le ha permitido dar el salto y se ha encontrado con la reticencia, por parte del varón, de darle una mayor autonomía, y ya que hasta ese momento había colaborado activa y eficazmente en los acontecimientos que propugnaban un cambio, solicitaba por lo tanto, un mayor protagonismo social, que siempre en todas las ocasiones le ha sido denegado. Y cuando pretendían ejercer, o solicitaban ciertos derechos, a los que se creían merecedoras, siempre se aducía que iban demasiado lejos en sus reivindicaciones, y se propugnaban leyes que recortarían incluso ciertas libertades ya conseguidas. La mujer ha permanecido, durante siglos, bajo la tutela jurídica del varón, como un eterno niño al que se protege, aunque no siempre, pero del que siempre se está pendiente para “educarlo”, papel que Sócrates asigna al varón, y que no se descontrole, pues en la mente del protector, esta criatura no está lo suficientemente formada, y se teme que no pueda actuar adecuadamente, o dañarse a sí misma. El Derecho Romano habla de la “Imbecilitas seu fragilitas sexus”. “La simpleza o debilidad del sexo femenino”, motivo por el cual se le niega capacidad jurídica plena, en aquellos asuntos que impliquen responsabilidad. Y esta idea impregnó el sistema legal durante siglos. En las Siete Partidas cuerpo normativo redactado en la Corona de Castilla , durante el reinado de Alfonso X (1252-1284), con el objetivo de conseguir una cierta uniformidad jurídica del Reino y que constituyen la piedra angular del Derecho castellano a lo largo de todo el Antiguo Régimen, se afirma; “Otrosí, de mejor condición es el varón que la muger en muchas cosas, e en muchas maneras, assi como se muestra abiertamente en las leyes deste nuestro Libro que fablan de todas estas razones”. Cuando históricamente se ha abierto la mano, concediéndole derechos, estos han sido, en breve período de tiempo y por múltiples argumentos aducidos, recortados, dando marcha atrás y poniendo trabas a sus pretensiones, y esta situación se ha producido siempre, sin apenas diferenciación entre épocas, latitudes y culturas.

(1) Rico Carabias, Mercedes. Aniversario. Josefina Carabias, tinta en las venas . ABC, 31/7/2008. Pg.58.

(2) Cuadro de Joan Costa. Marzo del 2008

 

 

 

 

Carmelo

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